Por la veda electoral en las PASO, hay algunas actividades que quedan prohibidas desde las 8 de la mañana del viernes 11 de agosto y hasta las 21 del 13 de agosto, tres horas después de la finalización de los comicios. Algunas prohibiciones comienzan en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantan en el momento mismo en que cierra el horario para votar.
La venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios. A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
LO PROHIBIDO DURANTE LA VEDA ELECTORAL
*Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
*Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
*El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
*Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
*La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
*Realizar actos públicos de proselitismo.
*Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
*Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
Fuente: Página/12