La nueva reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica, dispuesta a través del Decreto 345/2024, rige desde este lunes y a partir de la misma las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud que fueron realizadas tradicionalmente en papel comenzarán a efectuarse a través de plataformas digitales.
La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas. El Ministerio de Salud de la Nación comenzará esta semana un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios.
Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres. Como soporte de comunicación y de acceso a la información, se desarrolló, además, una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio que cuenta con información detallada sobre la implementación de la citada receta con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud.
En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés. También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.
Fuente: Diario La Prensa